lunes, 24 de octubre de 2016

Capitulo 5

Toda la sociedad tiene la obligación de respetarse mutuamente, de aprender los unos de los otros y de compartir las conquistas materiales y científicas, según su propia conveniencia.
Rigoberta Menchú Tum
Premio Nobel de la Paz, 1992.

INTRODUCCIÓN
Ya en el año 1989, el Ministerio de Educación y Ciencia establecía, en el Libro Blanco para la Reforma del Sistema Educativo, tres niveles o cauces para llevar a cabo la orientación en el ámbito institucional, determinando, así, el desarrollo del actual subsistema de orientación e intervención psicopedagógica. Dichos cauces son: la propia acción tutorial, los departamentos de orientación y los equipos de orientación educativa y psicopedagógica (eoep). Aunque todos ellos se encargan de orientar, es necesario que, como indica Rigoberta Menchú, se respeten unos a otros, aprendan unos de otros y sepan compartir.

LA ACCIÓN TUTORIAL
En el artículo 27 de la Constitución, se establecieron las bases de la futura educación en España.
Desde la aprobación de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (logse, 1990) y
su progresiva implantación, hasta la reciente loe, (2006) la educación en España persigue una
educación de calidad.
1) Constitución española, 1978
Artículo 27
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto
a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales
2) Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
Artículo 1. Principios
El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y
asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella.
Tratamiento legislativo
Veamos cómo se ha ido reflejando la necesidad de tutoría y orientación en las dos leyes
españolas (logse y loe) y en la normativa de la Comunidad Valenciana, en concreto, desde la
aparición de la logse hasta nuestros días.
A) Ley orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo
Título IV de la calidad de la enseñanza
Artículo 55
Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen
la calidad y mejora de la enseñanza, en especial a:
e) La orientación educativa y profesional.
Artículo 60
1. La tutoría y orientación de los alumnos formará parte de la función docente. Corresponde a
los centros educativos la coordinación de estas actividades. Cada grupo de alumnos tendrá
un profesor tutor.
2. Las Administraciones educativas garantizarán la orientación académica, psicopedagógica
y profesional de los alumnos, especialmente en lo que se refiere a las distintas opciones
educativas y a la transición del sistema educativo al mundo laboral, prestando singular
atención a la superación de hábitos sociales discriminatorios que condicionan el acceso a
los diferentes estudios y profesiones. La coordinación de las actividades de orientación se
llevará a cabo por profesionales con la debida preparación. Asimismo las Administraciones
educativas garantizarán la relación entre estas actividades y las que desarrollen las Administraciones
locales en este campo.
Artículo 13
Uno. El alumnado tiene derecho a disfrutar de una orientación escolar y profesional, con exclusión
de toda discriminación en razón de sexo, que asegure su libertad de decisión de acuerdo
con sus aptitudes, conocimientos y capacidades. También tiene derecho al conocimiento del
mundo del trabajo y a adquirir la preparación necesaria para su inserción en él, por lo que los
centros escolares promoverán en su programación general las correspondientes visitas, contactos
o actividades formativas en relación con empresas públicas o privadas.
Dos. El servicio de tutoría escolar, a nivel individual y de grupo, constituye para los centros un
instrumento obligatorio de garantía de este derecho. De manera especial, se cuidará la orientación
escolar y profesional del alumnado con dificultades físicas, psíquicas o con carencias
sociales o culturales.
Tres. Para hacer efectivo el derecho del alumnado a la orientación escolar y profesional, los
centros recibirán el apoyo necesario de la Administración educativa, que podrá proponer a tal
fin la cooperación con otras Administraciones e Instituciones.
1.2. Funciones de la acción tutorial
Las funciones de la acción tutorial a partir de la logse se caracterizan por dirigirse a todo el
alumnado y a todos los niveles, teniendo en cuenta las necesidades propias del momento madurativo
y educativo de éste, adecuándose a los diferentes agentes implicados, en especial a
alumnado, familiares y profesorado, y viéndose concretadas en el Proyecto Curricular de Etapa
y en las Programaciones de Aula.
Las funciones generales del tutor se ordenan en torno a tres polos de referencia:
Alumnado: con respecto a éste, las funciones persiguen, en síntesis, fomentar la
integración de cada estudiante en el grupo y en el aula, contribuir a la personalización
del proceso de enseñanza y aprendizaje y potenciar el proceso de maduración
vocacional.
Familias: el tutor debe contribuir a la conexión entre éstas y el centro, a fin de implicar
a los familiares en la educación de sus hijos.
Profesorado: con relación a los profesores las funciones se centran en la coordinación
de la programación y la evaluación, posibilitando líneas de actuación comunes.
El Plan de Acción Tutorial (pat)
El plan de acción tutorial (pat) es el instrumento por excelencia para la planificación de la tutoría.
Constituye el marco en el que se especifican los criterios de la organización y las líneas
prioritarias de funcionamiento de la tutoría en el centro educativo (mec, 1996).
El pat, por tanto, no puede ser un documento aislado, debe ser elaborado a partir de una reflexión
compartida sobre las características del entorno, el ideario educativo del centro y las
líneas prioritarias de acción orientadora (Sampascual, Navas y Castejón, 1999).
Para que el pat resulte un instrumento eficaz no debe considerarse nunca como un documento
definitivo, sino sujeto a un proceso constante de revisión y mejora. Las características más
importantes que debe reunir el pat, según Guillamón (2002) son:
- Claridad de los objetivos para que sean comprendidos y aceptados por todos los
miembros del centro.
- Contextualizado, adaptado al centro y a su entorno, a las características de alumnado
y de profesorado.
- Viable, planteándose objetivos realistas.
- Fundamentado teóricamente, de forma que su elaborqación y puesta en práctica se
asiente en principios rigurosos.
- Consensuado, elaborado por todos de forma conjunta.
- Global, debe contemplar intervenciones con todos los elementos de la comunidad
educativa: alumnado, familiares y profesorado.
- Inmerso en el currículum, de forma que favorezca no sólo acciones puntuales, sino
el desarrollo de la acción tutorial en las distintas áreas didácticas.
- Flexible, adaptándose a las circunstancias cambiantes y capaz de amoldarse a las
distintas necesidades.
- Revisable, susceptible de ser evaluado con el fin de garantizar su mejora.
- Integral, dirigido a todo el alumnado y persiguiendo el desarrollo de todos los aspectos
de la personalidad (Gómez, López y Serrano, 1996).
En los centros de educación infantil y primaria es la Comisión de Coordinación Pedagógica (ccp)
la encargada de establecer las directrices para la elaboración y revisión del pat, mientras que,
en los centros de educación secundaria es el Departamento de Orientación el encargado de
elaborar la propuesta del pat, de acuerdo con las directrices de la ccp y en colaboración con los
tutores. El Consejo Escolar es el responsable de velar por la inclusión de la acción tutorial en el
Proyecto Educativo de Centro. Con la intervención y participación de todos y cada uno se puede
llegar a organizar la acción tutorial para que se dé de forma correcta en todos sus niveles.
Enseñar a pensar, para mejorar la capacidad de aprender y de pensar del alumnado.
Por enseñar a pensar entendemos el desarrollo del pensamiento y de las capacidades
intelectuales del alumnado. El profesorado de Infantil y Primaria puede transmitir el
uso de estrategias de exploración y descubrimiento y, por su parte, el de Secundaria,
fomentar las estrategias de razonamiento, asimilación y acomodación de la información
verbal o no verbal de carácter complejo, de construcción de hipótesis o de
solución de problemas. En este sentido, cada docente puede llevar a cabo dicha labor
orientadora, desde su propia área. Tal como indican Monereo y otros (1996: 151) «no
puede enseñarse a aprender y a pensar con independencia de los contenidos con respecto
a los cuales se aprende y se piensa, por consiguiente, para lograr un alto grado
de eficacia y transferencia de los procedimientos de aprendizaje, debemos enseñarlos
asociados a cada área curricular. Dicho de otro modo, cada profesor debe enseñar
procedimientos de aprendizaje y cuándo y cómo emplearlos en su materia».
Enseñar a convivir y enseñar a comportarse significan enseñar a adaptarse a la vida
y al medio, a autorregularse para establecer una relación dinámica con el entorno.
Se trata, en definitiva de contribuir a la socialización de los agentes implicados en
la educación, primordialmente, del alumnado, pero también del resto. La escuela
proporciona un medio rico en relaciones personales con compañeros y con adultos,
a través del juego, la comunicación, el diálogo, el trabajo cooperativo para favorecer
el desarrollo de la participación, la responsabilidad, el respeto a los derechos de los
demás, la tolerancia y el sentido crítico, todo lo cual configura las bases de una
convivencia democrática. A través de la acción tutorial se puede fomentar en el
alumnado la adquisición de la capacidad para una buena convivencia.
Enseñar a ser persona. El tutor debe conocer las líneas básicas del desarrollo de la
identidad personal, de sus momentos evolutivos y de los factores que la favorecen.
Para poder ayudar al alumnado en el crecimiento personal puede recurrir a múltiples
actividades dirigidas específicamente al autoconocimiento, a la maduración de la
identidad personal, a la mejora de la autoestima, la cohesión grupal... Existen programas
específicos diseñados a tal efecto que resultan de gran utilidad. Además, con su
propia actuación, con su ejemplo, el tutor o la tutora educan y enseñan a ser persona,
mostrando coherencia entre lo que dicen, lo que piensan y lo que hacen, actuando de
forma imparcial, haciendo partícipes a los alumnos y alumnas en el establecimiento y
logro de objetivos, comprendiendo y respetando a los demás, enseñando al alumnado
a autoevaluarse y autorreforzarse positivamente, trabajando de forma intensa, directa
y personalizada con aquellos alumnos o alumnas que más lo necesiten.
Enseñar a decidirse es enseñar procesos de toma de decisiones y, tal como indicaba
el mec en 1992, «ser capaz de tomar decisiones acerca de uno mismo, de la propia
vida, del propio futuro es, seguramente, la más necesaria de las capacidades. Haber
aprendido a decidir es el mejor de los aprendizajes». Esta capacidad debe ser enseñada
desde bien temprano, aunque, ciertamente, es en la eso cuando cobra una
especial relevancia. En esta etapa es necesario elegir asignaturas, planificar el futuro
profesional, conocerse a sí mismo, potenciar al máximo las habilidades para sentirse
capaz de afrontar el futuro, descubrir el área vocacional que resulta más satisfactoria
y decidir, de hecho, o elegir entre unas opciones u otras. Cuatro aspectos se
trabajan siempre en orientación profesional (Alonso Tapia, 1995): el conocimiento
adecuado de los porpios intereses capacidades y recursos, el conocimiento de la oferta educativa y las vías que abren y cierran las distintas opciones, el conocimiento
de las exigencias que implica la inserción en el mundo laboral y la toma de decisiones
usando estrategias que permiten clarificar lo que se quiere.
2. EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN
Una de las ideas que venimos defendiendo a lo largo de todos los temas hasta ahora expuestos
es que la función orientadora es inherente a la función docente (logse, Art. 60). Todo profesor
y profesora tiene la obligación de orientar a su alumnado, ahora bien, no todos los profesores
son expertos en materia de orientación y tutoría y, por eso, la Administración pone a disposición
del profesorado servicios especializados para asesorar sobre cuestiones relativas al desarrollo
personal, académico o profesional. En Educación Secundaria Obligatoria este servicio
lo ofrece el Departamento de Orientación, el cual se constituye, por tanto, como un «recurso
organizativo, técnico y material que permite apoyar y coordinar la función orientadora y tutorial
de los profesores» (Fernández, 2005).
El Departamento de Orientación tiene la finalidad de proporcionar un carácter personalizado e
integral a la educación, por lo tanto es un órgano de planificación y coordinación de la acción
orientadora, de la función tutorial, de la oferta curricular adaptada y diversificada que se lleva
a cabo en el centro, en general, y en cada aula, en particular.
2.2. Características del Departamento de Orientación
El Departamento de Orientación es una unidad orgánica y funcional, integrada en el organigrama
del centro, por ello, desarrolla su actuación desde y para el centro. Es uno de los órganos
de coordinación docente que contempla la ley, junto con los Departamentos Didácticos, el
Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares, la Comisión de Coordinación
Pedagógica, los Tutores y las Juntas de Profesores. Esto es lo que le diferencia de los servicios
de orientación externos, los cuales no están integrados en el seno de cada institución a la que
atienden.
Según Guillamón (op. cit.) hay cuatro elementos que caracterizan al Departamento de Orientación:
Se considera como un medio para articular las funciones de la orientación y la tutoría
en el centro.
Se dirige a asegurar una oferta curricular adaptada y diversificada.
Se incardina dentro de la organización del centro.
Sus funciones se incardinan, a su vez, en el Proyecto Curricular, lo que supone que
debe colaborar en todos los niveles de planificación del centro.
La intervención que se lleva a cabo desde el departamento ha de tener los siguientes
rasgos:
Intervención innovadora, promoviendo renovaciones e innovaciones didácticas,
metodológicas de organización y de investigación-acción dentro de las
posibilidades reales del centro.
Intervención personalizadora, contribuyendo a que el diseño de los proyectos
curriculares se adapten a las necesidades del alumnado y a su diversidad.
Intervención integradora, favoreciendo la integración en el proceso educativo
de los objetivos de desarrollo personal, académico y social con el fin de desarrollar
en el alumnado un equilibrio personal, una buena adaptación social y
una adecuada preparación para la vida laboral.
Intervención evaluadora, asesorando al profesorado sobre los aspectos y procedimientos
más apropiados para llevar a cabo una valoración de las capacidades,
actitudes y avances del alumnado en relación a sus posibilidades reales.
La composición del Departamento de Orientación en un Instituto de Educación Secundaria
varía en función de las enseñanzas que en éste se impartan. La plantilla completa está compuesta
por:
- Profesorado del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de los que al menos
uno debe ser de la especialidad de Psicología y Pedagogía.
- Profesorado del ámbito lingüístico y social y del ámbito científico y tecnológico, así
como profesores técnicos de apoyo al área práctica
- Maestros de Pedagogía Terapéutica, de Audición y Lenguaje y de Apoyo al Programa
de Compensatoria.
- Profesorado de Formación y Orientación Laboral () en los centros en los que se imparte
Formación Profesional.
- El Jefe del Departamento debe ser, preferentemente, el profesor/a de Psicología y
Pedagogía, el cual depende del Jefe de Estudios y ha de trabajar en estrecha colaboración
con el equipo directivo.
3. LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PSICOPEDAGÓGICA
Tal como explicábamos en el capítulo 1, al exponer la evolución histórica que ha seguido en
España la orientación, los servicios psicopedagógicos de apoyo externos a la escuela aparecieron
en 1977, por Orden Ministerial de 30 de abril (boe 13 de mayo de 1977). Aparecen en las
capitales de todas las provincias, bajo la denominación de Servicios de Orientación Escolar y
Vocacional (soev), precursores de los actuales Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica
(eoep), si bien estos adoptan diferentes denominaciones en las distintas comunidades
autónomas, tal como vimos anteriormente.
Los eoep (en Comunidad Valenciana spe, Servicios Psicopedagógicos Escolares) dependen de sus
respectivas Direcciones Provinciales o Territoriales y, en última instancia, de la Dirección General.
Tienen a su cargo un número determinado de centros ubicados en un sector concreto, al
que han de dar atención psicopedagógica. Tienen, por tanto, la finalidad de dar asesoramiento
de carácter didáctico, psicológico, sociológico y organizativo (Santana, 2003) a los centros de
Educación Infantil y Primaria, así como coordinar los centros del sector.
3.1. Tratamiento legislativo
Desde su creación hasta la actualidad (marzo de 2007), la legislación ha regulado los equipos de
orientación educativa y psicopedagógica, o se ha referido a ellos, con las siguientes normas:
- Orden Ministerial de 30 de abril de 1977, por la que se regulan con carácter experimental
los Servicios Provinciales de Orientación Educativa y Vocacional (boe 13 de mayo).
- Real Decreto 2689/1980 de 21 de noviembre, sobre regulación de los Institutos de
Psicología Aplicada, que pasarán a deniminarse Institutos de Orientación Educativa
y Profesional (boe del 16 de diciembre).
- Orden Ministerial de 9 de septiembre de 1982, por la que se regula la composición y
funcionamiento de los Equipos Multiprofesionales del Instituto Nacional de Educación
Especial (boe del 15 de septiembre).
- Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo
(boe 4 de octubre).
- Orden Ministerial de 9 de diciembre de 1992, por la que se regulan la estructura y funciones
de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (boe 18 de diciembre).
Esta orden integra a los soev y los Equipos Multidisciplinares (em) así como al resto de
equipos o recursos de apoyo externo, por lo que, bajo la denominación de eop, encontramos
Equipos Generales, Equipos de Atención Temprana (eat) y Equipos Específicos (ee).
- Orden Ministerial de 7 de septiembre de 1994, por la que se establece la sectorización
de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (boe del 20 de septiembre).
- Orden Ministerial de 14 de noviembre de 1994, por la que se rectifica la de 7 de
septiembre que establece la sectorización de los Equipos de Orientación Educativa y
Psicopedagógica (boe del 22).
- Real Decreto 696/1995 de 26 de abril, de ordenación de la educación del alumnado
con necesidades educativas especiales (boe del 2 de junio).
- Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, sobre la Participación, la Evaluación y el
Gobierno de los centros docentes (boe del 21 de noviembre)
- Real Decreto 82/1996 de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico
de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (boe del
20 de febrero).
- Real Decreto 83/1996 de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico
de los Institutos de Educación Secundaria (boe del 21 de febrero).
- Orden Ministerial de 14 de febrero de 1996 por la que se regula el procedimiento
para la realización de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización
del alumnado con necesidades educativas especiales (boe del 23).
- Real Decreto 299/1996 de 28 de febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la
compensación de desigualdades en educación (boe del 12 de marzo).
- Resolución de 29 de abril de 1996 de la Secretaría de Estado de Educación por la
que se determinan los procedimientos a seguir para orientar la respuesta educativa
de los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones de
sobredotación intelectual (boe del 16 de mayo).
- Instrucciones de la Dirección General de Renovación Pedagógica, de 30 de abril de
1996, sobre Orientación Educativa y Psicopedagógica (bomec del 9 de agosto).
En el caso de la Comunidad Valenciana:
- Decreto 53/1989, de 18 de abril, por la que se regulan los Servicios Psicopedagógicos
Escolares de la Conselleria de Cultura, Educació i Ciència.
- Orden de 3 de mayo de 1989, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, se organizan
los Servicios Psicopedagógicos Escolares.
- Orden de 14 de febrero de 1990, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, se
dan normas para el funcionamiento de los Servicios Psicopedagógicos Escolares.
- Orden del 1 de marzo de 1990, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, se
amplía y modifica la composición de los Servicios Psicopedagógicos Escolares, organizados
por la orden de 3 de mayo de 1989.
- Orden del 2 de abril de 1991, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, modifica
la composición de los Servicios Psicopedagógicos Escolares, organizados por la orden
de 1 de marzo de 1990
- Orden del 29 de mayo de 1992, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, se
modifica la composición de los Servicios Psicopedagógicos Escolares, organizados
por la orden de 2 de abril de 1991.
- Decreto 131/1994, de 5 de julio, del Gobierno Valenciano, por el cual se regulan los
servicios especializados de orientación educativa, psicopedagógica y profesional.
- Orden de 10 de marzo de 1995, por la que se determinan las funciones y se regulan
aspectos básicos del funcionamiento de los Servicios Psicopedagógicos Escolares del
sector.
3.2. Características de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica
Los equipos de orientación educativa y psicopedagógica trabajan desde una perspectiva sectorial
que trasciende a los centros y hace posible una mejor comprensión de las situaciones y
procesos que se desarrollan en el ámbito escolar. El hecho de ser servicios externos a los centros,
les reporta tanto ventajas como inconvenientes. Entre las principales ventajas podemos
citar la visión menos subjetiva que, sobre determinadas cuestiones, tiene el orientador; la capacidad
de aportar experiencias de otros centros, el hecho de ser considerado como un agente
experto en orientación que apoya al centro y, sobre todo, la posibilidad que dan los Servicios
Psicopedagógicos de trabajar en equipo, un equipo en el cual los diversos profesionales pueden
servir de apoyo a sus colegas, compartiendo información, analizando casos, trabajando en
grupo, desarrollando seminarios formativos, etc.En el caso de la Comunidad Valenciana:
- Decreto 53/1989, de 18 de abril, por la que se regulan los Servicios Psicopedagógicos
Escolares de la Conselleria de Cultura, Educació i Ciència.
- Orden de 3 de mayo de 1989, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, se organizan
los Servicios Psicopedagógicos Escolares.
- Orden de 14 de febrero de 1990, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, se
dan normas para el funcionamiento de los Servicios Psicopedagógicos Escolares.
- Orden del 1 de marzo de 1990, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, se
amplía y modifica la composición de los Servicios Psicopedagógicos Escolares, organizados
por la orden de 3 de mayo de 1989.
- Orden del 2 de abril de 1991, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, modifica
la composición de los Servicios Psicopedagógicos Escolares, organizados por la orden
de 1 de marzo de 1990
- Orden del 29 de mayo de 1992, por la que, en desarrollo del Decreto 53/1989, se
modifica la composición de los Servicios Psicopedagógicos Escolares, organizados
por la orden de 2 de abril de 1991.
- Decreto 131/1994, de 5 de julio, del Gobierno Valenciano, por el cual se regulan los
servicios especializados de orientación educativa, psicopedagógica y profesional.
- Orden de 10 de marzo de 1995, por la que se determinan las funciones y se regulan
aspectos básicos del funcionamiento de los Servicios Psicopedagógicos Escolares del
sector.
3.2. Características de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica
Los equipos de orientación educativa y psicopedagógica trabajan desde una perspectiva sectorial
que trasciende a los centros y hace posible una mejor comprensión de las situaciones y
procesos que se desarrollan en el ámbito escolar. El hecho de ser servicios externos a los centros,
les reporta tanto ventajas como inconvenientes. Entre las principales ventajas podemos
citar la visión menos subjetiva que, sobre determinadas cuestiones, tiene el orientador; la capacidad
de aportar experiencias de otros centros, el hecho de ser considerado como un agente
experto en orientación que apoya al centro y, sobre todo, la posibilidad que dan los Servicios
Psicopedagógicos de trabajar en equipo, un equipo en el cual los diversos profesionales pueden
servir de apoyo a sus colegas, compartiendo información, analizando casos, trabajando en
grupo, desarrollando seminarios formativos, etc.
3.3. Funciones de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica
Las funciones generales de los servicios especializados de orientación educativa, psicopedagógica
y profesional, que quedan recogidas en la normativa anteriormente expuesta, son las
siguientes:
a) Participar en el apoyo y asesoramiento a los centros educativos.
b) Elaborar y difundir materiales e instrumentos de orientación educativa y de intervención
socio-psicopedagógica.
c) Coordinar las actividades de orientación educativa y sociofamiliar que se realicen en
los centros docentes de su ámbito de actuación.
M. Luisa Sanchiz - ISBN: 978-84-691-4663-7 130 Modelos de orientación e intervención psicopedagógica - 2008/2009 - UJI
d) Asesorar al profesorado en el tratamiento a la diversidad del alumnado.
e) Asesorar al profesorado en el diseño de procedimientos e instrumentos de evaluación,
tanto de los aprendizajes del alumnado como del mismo proceso de enseñanza.
f) Detectar aquellas condiciones personales y sociales que faciliten o dificulten el proceso
de enseñanza y aprendizaje del alumnado y su adaptación al ámbito escolar.
g) Realizar la evaluación y valoración socio-psico-pedagógica y logopédica del alumnado
para la determinación de su escolarización más adecuada y, si procede, elaborar
la propuesta de diversificación curricular o de adaptación curricular significativa
y, en su caso, realizar el tratamiento logopédico rehabilitador.
h) Colaborar en la orientación académica para favorecer en el alumnado la toma de
decisiones.
i) Colaborar en la orientación del alumnado en los procesos de transición a otras etapas
educativas e itinerarios educativos y al mundo del trabajo.
j) Llevar a cabo la orientación psicopedagógica sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje
y sobre la adaptación personal y social en el ámbito educativo.
k) Asesorar a las familias o a los representantes legales del alumnado, participando,
en su caso, en el desarrollo de los programas formativos para padres y madres de
alumnos y alumnas.
l) Cualquier otra que se pudiera determinar reglamentariamente.


En conclusion, ser orientador no es fácil, es por eso que debemos estar bien preparados para poder enseñar a nuestros alumnos, tambien para mejorar en las areas en las cuales debemos intervenir. me gustaria demasiado aprender mas acerca de esto, ya que es muy interesante esta carrera.

martes, 4 de octubre de 2016

PELICULA :)

En lo particular, el ver esta película me hizo reflexionar acerca si en verdad quiero esta carrera o no, ya que se veían diversas situaciones que no eran nada sencillas. Se observo que la maestra no solo fue eso, si no que fue mas que eso ya que orientaba a los alumnos acerca de lo que querían, también se observo el como fue afectando diferentes factores en la vida de los alumnos, y el como disminuyeron al momento que tomaron lo que la maestra les había orientado. también se observo que en muchas ocasiones los , creían que la maestra les iba solucionar sus problemas, y con el tiempo se dieron cuenta que asi no era, que el solucionar sus problemas de manera asertiva empezaba por ellos mismos. Al principio no querían a la maestra porque era diferente clase social que ellos y pensaba que iba ser muy egoísta, mas con el tiempo y después de todo el aprendizaje obtenido se dieron cuenta de su error y no querían que ella se fuera. 
Como orientador, creo que primero tienen que orientarnos para poder orientar, es difícil y mas con la sociedad en la actualidad, que son pocos los que aun tienen valores, ya que nos encontramos en una generación que cada vez se descarrila mas, también es importante mencionar que como orientador siempre tienes que ser empatico y entusiasta, para que puedas motivar al chavo a que encuentre su camino